Declaración Anual – Personas Físicas
Presenta tus declaraciones del impuesto sobre la renta, impuesto al valor agregado, impuesto especial sobre producción y servicios e impuesto sobre automóviles nuevos, así como, las declaraciones informativas, que correspondan a tus obligaciones fiscales.
Conoce cómo realizar el pago de derechos, productos y aprovechamientos.
Ponemos a tu disposición los “Visores”, en los que puedes consultar información sobre comprobantes de nómina, deducciones personales y facturas emitidas o recibidas.
Fundamento legal
- Código Fiscal de la Federación vigente, artículos: 31, 31-A y 32.
- Ley del Impuesto sobre la Renta, artículos: 76 fracciones VI y VII, 88, segundo párrafo, 96, primer y segundo párrafos, 110 fracción VII, 106 primer, segundo y tercer párrafos, 113-E, cuarto y quinto párrafos, 113-G, fracción VII, 116, primer, segundo y tercer párrafos, 126, primer, segundo, tercer y cuarto párrafos, 132, 135, primer párrafo, 138, primer y tercer párrafos, 142, fracción V, 144, primer párrafo, 145, primer y segundo párrafos, 146, segundo párrafo, 150, 152, 154, segundo y tercer párrafos, 155, tercer párrafo, 156, tercer párrafo, 158, tercer párrafo, 159, cuarto, séptimo y octavo párrafos, 160, segundo, tercer y quinto párrafos, 161, cuarto, quinto, sexto y décimo cuarto párrafos, 162, segundo y tercer párrafos, 167, segundo, tercer y séptimo párrafos, 168, segundo y tercer párrafos, 169, segundo y quinto párrafos, 170, cuarto y quinto párrafos, 171, primer y cuarto párrafos, 172, segundo y quinto párrafos y 173, segundo párrafo.
- Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, artículo: 19, fracciones III, IV, VI, VIII, IX, X, XII, XIII, XV, XVI y XVII.
- Ley del Impuesto al Valor Agregado, artículos: 1-A, 1-A BIS, 18-J, fracción II, inciso a), 32, fracciones V y VIII, 5-D, primer y segundo párrafos, 5-F, primer párrafo, 32, fracción IV y 33.
- Resolución Miscelánea Fiscal, reglas: 2.1.18., 2.8.2.1., 2.8.4.1., 2.8.5.1., 2.8.5.2., 2.8.5.3., 11.1.2. y 11.1.5.
- Ley Federal de Derechos, artículos: 3, 263, 264, 265, 267, 268, 269 y 270.
- Decreto que otorga facilidades para el pago de los impuestos sobre la renta y al valor agregado y condona parcialmente el primero de ellos, que causen las personas dedicadas a las artes plásticas, con obras de su producción, y que facilita el pago de los impuestos por la enajenación de obras artísticas y antigüedades propiedad de particulares publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de octubre de 1994, adicionado el 28 de noviembre de 2006 y el 5 de noviembre de 2007.
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